domingo, 24 de marzo de 2013

PROPIEDAD INTELECTUAL

Propiedad Intelectual

Tiene que ver con las creaciones de la mente: las invenciones, las obras literarias y artísticas, los símbolos, los nombres, las imagenes y los dibujos y modelos utilizados en el comercio.
 
Se refiere a toda creacion del intelecto humano. La propiedad intelectual tiene que ver con la información o los conocimientos que pueden incorporarse en objetos tangibles, de los que se puede hacer un número ilimitado de ejemplares en todos los lugares del mundo. La propiedad no reside en dichos ejemplares, antes bien, en la información y conocimientos reflejados en los mismos.

Derechos de Proteccion intelectual

Los derechos de propiedad intelectual protegen los intereses de los creadores al ofrecerles prerrogativas en relación con sus creaciones.



Los derechos de propiedad intelectual son también a veces objeto de determinadas limitaciones, como en el caso del derecho de autor y las patentes, que son vigentes durante un plazo determinado.



Dos razones fundamentales pueden aducirse en general para explicar la necesidad de que los países promulguen leyes de protección de la propiedad intelectual. En primer lugar, a fin de amparar en las leyes los derechos morales y patrimoniales de los creadores respecto de sus creaciones y los derechos del público para tener acceso a las mismas. En segundo lugar, con miras a promover la creatividad y a los fines de la difusión y la aplicación de los resultados de la misma, así como para fomentar prácticas comerciales leales que contribuyan a su vez al desarrollo económico y social.



Ramas de la Propiedad Intelectual

1. Derecho de autor
 
El derecho de autor se aplica a : 
  • Poemas,
  • Novelas,
  • Obras  literarias, artisticas, musicales, cinematográficas, de arte y de teatro.
  • Fotografias
  • Esculturas
  • Libros
  • Pinturas y
  • Diseños arquitectonicos.
El derecho de autor, nos remite a la persona creadora de la obra artística, a su autor, subrayando así el hecho que se reconoce en la mayor parte de las leyes, en el sentido de que el autor goza de derechos específicos en relación con su creación, como el derecho a impedir la reproducción deformada de la misma, prerrogativa que sólo a él le pertenece, mientras que existen otros derechos, como el derecho a efectuar copias, del que pueden gozar terceros, por ejemplo, todo editor que haya obtenido una licencia del autor con ese fin. En inglés, a diferencia de los demás idiomas europeos, el derecho de autor se conoce con el nombre de “copyright”.
 
Copyright: tiene que ver con actos fundamentales (como la realización de copias) que, en lo que respecta a creaciones literarias y artísticas, sólo pueden ser efectuados por el autor o con su autorización.
 
2. Propiedad Industrial
 
La propiedad intelectual se aplica a:
  • Invenciones 
  • Patentes
  • Marcas
  • Dibujos
  • Modelos Industriales
  • Idicaciones geográficas de origen 
“La propiedad industrial se entiende en su acepción más amplia y se aplica no sólo a la industria y al comercio propiamente dichos, sino también al dominio de las industrias agrícolas y extractivas de todos los productos fabricados o naturales, por ejemplo: vinos, granos, hojas de tabaco, frutos, animales, minerales, aguas minerales, cervezas, flores, harinas”.
 
Principales tipos
  • Patentes: que sirven para proteger las invenciones, son el medio más generalizado que existe para proteger los derechos de los inventores. Por decirlo llanamente, la patente consiste en el derecho otorgado a un inventor por un Estado o por una oficina regional (que actúa en nombre de varios Estados), y que permite que el inventor impida que terceros exploten por medios comerciales su invención durante un plazo limitado, que suele ser de 20 años. 
           Derecho exlusivo que se concede a una persona para explotar su invencion
  • Diseños industriales: que vienen a ser creaciones estéticas determinantes del aspecto de los productos industriales. Figuran también las marcas de fábrica, las marcas de servicio, los esquemas de trazado de circuitos integrados, los nombres y las denominaciones comerciales así como las indicaciones geográficas, a lo que viene a sumarse la protección contra la competencia desleal.
 
 

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